ETIQUETADO DE LOS COSMÉTICOS
Un producto cosmético es toda sustancia o preparado destinado a ser puesto en contacto con las diversas partes superficiales del cuerpo humano o con los dientes y las mucosas bucales, con el fin exclusivo o principal de limpiarlos, perfumarlos, modificar su aspecto y/o corregir los olores corporales y/o protegerlos o mantenerlos en buen estado.
La etiqueta de un producto es uno de los instrumentos más valiosos para hacer valer el derecho a la información de los consumidores antes de comprar. Los poderes públicos deben velar por que las etiquetas cumplan su misión, y por ello, la ley fija una serie de obligaciones sobre los fabricantes de cosméticos. Además, es interesante saber que Las legislaciones nacionales aplicables a los cosméticos están armonizadas a nivel europeo con el fin de facilitar su libre circulación dentro del mercado interior de la Unión Europea (UE).
El Real Decreto 1599/1997, de 17 de octubre, sobre productos cosméticos, prohíbe reclamos que induzcan al error o hagan afirmaciones falsas o induzcan a confusión con medicamentos o alimentos para el consumo humano. En el artículo 15, se refiere específicamente a todo lo relacionado con el etiquetado de los cosméticos. Artículo 15. Etiquetado En los recipientes y embalajes de todo producto cosmético puesto en el mercado deberán figurar, con caracteres indelebles, fácilmente legibles y visibles, las menciones siguientes: – Denominación del producto Debe estar bien visible y no inducir a confusiones con otros productos.
No podrán ser iguales, semejantes o inducir a confusión con medicamentos, especialidades farmacéuticas, productos sanitarios, biocidas o productos alimenticios, ni hacer referencia a nombres de patologías.
– El nombre o la razón social y la dirección o el domicilio social del fabricante, o en el caso de los productos cosméticos importados, el nombre o la razón social y la dirección o el domicilio social del responsable de la puesta en el mercado del producto establecido dentro del territorio comunitario. Estas menciones podrán abreviarse siempre y cuando su abreviatura permita, en términos generales, identificar a la empresa.
– El contenido nominal en el momento del acondicionamiento, indicado en peso o en volumen, salvo para los envases que contengan menos de 5 g o menos de 5 ml, las muestras gratuitas y las dosis únicas; …. Esta mención no será necesaria cuando sea fácil determinar desde el exterior el número de piezas o si el producto sólo se comercializa normalmente por unidades sueltas. La letra “e” que se encuentra después del volumen es la garantía de que el producto ha sido llenado de acuerdo con el sistema de medidas que se utiliza en la Unión Europea.
– La fecha de caducidad mínima: la fecha de caducidad mínima de un producto cosmético es la fecha hasta la cual dicho producto, conservado en condiciones adecuadas, continúa cumpliendo su función inicial y, en particular, sigue siendo no perjudicial para la salud humana La fecha de caducidad mínima se indicará mediante la mención “utilícese preferentemente antes de final de…”, indicándose a continuación: o bien la propia fecha, o bien la indicación del lugar del etiquetado donde figura.
La fecha se compondrá de la indicación, de forma clara y ordenada, del mes y del año. Para los productos cosméticos cuya vida mínima exceda de treinta meses, la indicación de la fecha de caducidad no será obligatoria, pero sin embargo, para estos productos, se indicará el plazo después de su apertura durante el cual pueden utilizarse sin ningún riesgo para el consumidor.
Se utiliza para ello el símbolo PAO (en inglés Period after opening). Este tarro abierto, con una indicación en número seguido de la letra M, significa el número de meses que se garantiza que el cosmético se conserva en buen estado, después de haber sido abierto para su uso.
– Las precauciones particulares de empleo. Informan sobre la manera correcta de utilizar el producto y cómo evitar un empleo inapropiado.
El número de lote de fabricación o la referencia, que permita la identificación de la fabricación. Cuando esto no fuera posible en la práctic
a, debido a las reducidas dimensiones de los productos cosméticos, esta mención sólo deberá figurar en el embalaje.
– País de origen, cuando se trate de productos cosméticos fabricados fuera del territorio comunitario.
– La función del producto, salvo si se desprende de su presentación. Por ejemplo, en el caso de una barra de labios o una pastilla de jabón, no es necesario hacer constar su función.
– La lista de ingredientes por orden decreciente de importancia ponderal en el momento de su incorporación. Esta lista irá precedida de la palabra ingredientes o ingredients.
Este punto es especialmente importante para las personas que buscan un ingrediente específico o que quieren evitar alguno. El fabricante podrá solicitar, por razones de confidencialidad comercial, la exclusión de uno o de varios ingredientes de dicha lista, de acuerdo con lo establecido en el artículo 17. Los ingredientes de la lista se expresarán por su denominación INCI, tal como figura en el inventario de ingredientes cosméticos adoptado por decisión de la Comisión Europea. Este código INCI, establece que los productos químicos se escribirán con su nombre en inglés y los productos naturales como las plantas con su denominación en latín. Los ingredientes de concentración inferior al uno por ciento podrán mencionarse sin orden después de los que tengan una concentración superior a dicho porcentaje. Los colorantes podrán mencionarse sin orden después de los demás ingredientes, mediante el número del “Colour Index” Los compuestos perfumantes y aromáticos, así como sus materias primas, se mencionarán con la palabra “perfume” o “parfum” y “aroma”, respectivamente.
Finalmente, el responsable de la puesta en el mercado podrá consignar en el etiquetado un teléfono de atención al consumidor y/o una dirección de correo electrónico, una página web o cualquier otro dato de la empresa donde los consumidores puedan dirigirse para obtener la citada información.
Otras informaciones adicionales no obligatorias UN CÍRCULO CON DOS FLECHAS ENTRELAZADAS:
Si ves este símbolo en el envase o en su embalaje, significa que éste es reciclable; que el fabricante se ha adscrito al Sistema Integrado de Gestión de residuos de envases usados. Cuando acabes la crema, debes separarla para que se recicle y meterla en la bolsa amarilla dentro del cubo con tapa de este color. Y, recuerda, en este mismo cubo amarillo, va cualquier envase de plástico (gel de baño, colonia, champú, suavizante, pasta de dientes, etc.) y metal (lacas, spray metálico de lacas, desodorante, espuma de afeitar, ambientador, envase tipo brick, tapa metálica de los frascos…). En el verde, frascos de vidrio y cristal y, en el azul, cajas de las cremas, paquetes de envolver…
USAR AM PM Cuando veas esta expresión, que te quede claro que esta crema puede (o debe) usarse por la mañana y por la noche.
UN CONEJO DENTRO DE UN TRIÁNGULO Indica que ni el fabricante ni el responsable de la puesta en el mercado de este cosmético, ni sus proveedores, han realizado o encargado experimentos en animales del producto acabado, su prototipo o alguno de los ingredientes que lo componen, ni han utilizado algún ingrediente que haya sido experimentado por terceros en animales con el fin de desarrollar nuevos productos cosméticos.
OIL-FREE Esta expresión inglesa significa «libre de aceites» y se aplica a productos indicados para pieles grasas y acneicas. En el caso concreto de los maquillajes, son los únicos que pueden aplicarse las mujeres con pieles acneicas.
UNA MANO SOBRE UN LIBRO Este símbolo te remite a las lista de ingredientes de esa crema, que podrás leer en algún papel o etiqueta adjunta. Se emplea cuando no es posible que los ingredientes figuren en el embalaje.
EL CERTIFICADO ECOCERT
Es necesario este sello para vender cosmética «bio», también denominada «ecológica», preparada a partir de materias primas procedentes de cultivos biológicos (sin pesticidas), sin conservantes químicos, con ingredientes de origen animal y no testada en animales. Sólo las materias primas y los cosméticos con garantía de procedencia biológica poseen el certificado Ecocert. Este organismo de control y certificación verifica la conformidad de los productos ecológicos a partir de regulaciones orgánicas europeas y los estándares nacionales e internacionales. HIPOALERGÉNICO Según el DRAE, un cosmético hipoalergénico es aquel que produce una reacción alérgica muy reducida o nula. Esto es interesante para mujeres con piel sensible o reactiva y para momentos en los que la piel se sensibiliza especialmente, como el embarazo.
NO COMEDOGÉNICO Un cosmético se denomina así cuando ha demostrado que su aplicación no produce comedones en la piel. Estos productos son los únicos que se pueden aplicar en pieles acneicas.
LA PALABRA UVA DENTRO DE UN CÍRCULO Es el sello normalizado UVA. Supone un cambio con respecto al antiguo etiquetado de los solares, aunque también se usa en cremas, maquillajes, incluso algunos productos capilares. La nueva normativa exige que no se usen expresiones como «protección total», «bloqueante solar», «pantalla total»… Para clasificar los filtro
s, deben ceñirse a cuatro únicos descriptores: protección «baja», «media», «alta» o «muy alta», junto a los indicadores IP, SPF o FPS asociados a ellos: baja, 6-8-10; media, 15-20-25; alta, 30-50 y muy alta, 50+. Pero estos índices se refieren a la protección contra los rayos UVB, los que pueden causar quemadura solar. La protección contra los UVA, principales factores del envejecimiento cutáneo prematuro, quedaban sin indicar. El sello normalizado UVA indica una protección cuantificada mínima contra esta radiación que se incrementa paralelamente al incremento del factor de protección solar y se basa en un método de ensayo normalizado.
SIN PERFUME Cuando una crema se formula sin perfume es porque se considera que éste puede hacer a la piel reaccionar o bien por la zona en que se usa, como el contorno de los ojos, como por el tipo de piel donde se aplica (reactiva).
TESTADO DERMATOLÓGICAMENTE Esta frase, usada muchas veces de forma vaga y poco precisa, indica que el producto ha sido probado por dermatólogos para evaluar su eficacia sobre voluntarios o sobre pacientes. Pero sirve de poca ayuda porque no dice la duración del estudio, la frecuencia de aplicación ni la cantidad de producto aplicada.